Por Capacitación Dfacture hace 7 años

Sobre el complemento de Comercio Exterior…

A toda persona que exporte mercancías y que este bajo la clave de pedimento A1 la cual habla sobre la importación y exportación definitiva:

  • Importación. - Entrada de mercancías de procedencia extranjera para permanecer en el territorio por tiempo ilimitado.
  • Exportación definitiva. – Salida de mercancías del territorio nacional para mantenerse en el extranjero por tiempo ilimitado.
  • Importar vehículos nuevos o usados.
  • El regreso de toda etiqueta, empaque o envases, así como propagandas impresas.
  • Exportación e importación definitiva que es retirada de la región a la que fue enviada.

En conjunto con el punto 2.7.1.22 en la resolución de la miscelánea fiscal que consiste en el complemento en el que se deberá incluir el CFDI con motivos de operación de exportaciones de mercancías de forma definitiva en concordancia con las reglas 3.1.35 y 3.1.36 de Comercio Exterior.

Reglas 3.1.35 y 3.1.36 de Comercio Exterior.

3.1.35 …

üLa cual habla que es obligatorio anexar el pedimento, la factura correspondiente y título de propiedad del vehículo con el nombre del importador o endoso y el documento donde proviene el vehículo.

üEn el caso de ser proveniente de Estados Unidos la factura y el título de propiedad están obligados a tener el sello de autoridad aduanera el cual certifica la exportación legal.

3.1.36…

üDeberán asentar en el pedimento de exportación correspondiente, el número o números de folio fiscal del o de los CFDI.

Que en general se fundamentan en toda la información detallada del tipo de operación que se generó en la importación o exportación; toda identificación de los participantes en la negociación ya sea importador, exportador ò destinatario; así como la descripción de dichas mercancías.


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