Por Angelica Sanchez hace 7 años
Debido a los problemas que existen actualmente con el tipo de pago en parcialidades, se ha declarado que a partir de que entre en vigor la disposición del complemento de pagos, se podrá introducir este mismo para cuando se tenga que realizar una operación en parcialidades, ya que con esto lo que se busca es solucionar los problemas que impiden que la información sea clara y precisa.
En cuanto una operación sea pagada en parcialidades se tendrá que realizar una factura por el monto total de dicha operación, sin embargo, también se tendrá que expedir un CFDI correspondiente a cada pago realizado y anexando el complemento de pagos a cada uno siendo específicos en la cantidad total de la operación, ya que esta se deberá poner en ceros.
Es importante también recordar que el documento de pagos será obligatorio para todas las operaciones que se realicen en parcialidades, una vez que el SAT lo publique de manera oficial en su portal, deberán transcurrir 30 días para que entre en vigor. En el caso de los pagos en una sola exhibición, el SAT también brindo una facilidad dirigida a todo contribuyente que requiera emitir CFDI con el complemento de pagos.