Por Capacitación Dfacture hace 6 años

¿Sabías que puedes deducir impuestos por el pago de colegiatura?

Este artículo te puede interesar porque no todo sobre el regreso a clases significa gastar. En 2011 el SAT genero un decreto en donde indica que las personas físicas pueden deducir los pagos de las colegiaturas desde preescolar hasta bachillerato o equivalente; estas a tiempo para aprovechar esta oportunidad, ya que el beneficio es para el contribuyente, para el cónyuge, concubina/o, padres y abuelos, hijos incluidos adoptados, así como nietos.

Para que la deducción pueda aplicar es necesario solicitar la factura correspondiente, esta factura debe de estar debidamente registrada y en el XML se establezca el llamado complemento, para los contribuyentes que tengan el comprobante en versión 3.3 podrás deducir sin ningún problema. Los limites anuales para la deducción que la ley establece son:

  • Preescolar: 14,200 pesos.
  • Primaria: 12,900 pesos.
  • Secundaria: 19,900 pesos.
  • Profesional técnico: 17,100 pesos.
  • Bachillerato o equivalente: 24,500 pesos.

En el caso de que el estudiante reciba alguna beca u otro tipo de apoyo económico para pagar la colegiatura, se tiene que restar el monto del beneficio al estímulo fiscal. 

Aquí te dejamos los pasos para que puedas deducir la colegiatura:

1.Asegúrate que la escuela tenga autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la ley general de educación.

2.Realiza tus pagos con cheque nominativo, traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casa de bolsas o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios. El beneficio no puede aprovecharse con cheque al portador o efectivo.

3.Solicita a la escuela una factura impresa o electrónica y verifica que contenga: tu registro federal de contribuyentes (RFC), nombre y CURP del alumno, nivel educativo, indicar por separado el concepto de la colegiatura para diferenciar otros costos, como material escolar, transporte, inscripción, etc.

4.Conserva las facturas y comprobantes de los pagos realizados por colegiaturas en 2017.

5.Presenta tu declaración anual del ISR en abril del 2018.

Importante: no importa el número de estudiantes en la familia; los límites máximos son por alumno y no por familia.

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