Por Angelica Sanchez hace 7 años
Debido a la actualización del anexo 20, que anuncio el sistema de administración tributaria anteriormente, se deriva también una nueva version en factura electrónica la cual será version 3.3. Asimismo, se contará con 7 tipos de complementos para CFDI en el que se incluye el complemento de pagos, que se utilizara para las operaciones que se realicen con pagos en parcialidades y una sola exhibición, de esta manera es importante saber que la incorporación de este nuevo complemento será con motivo de que se conozca el flujo de dinero que se realicen a través de diferentes medios de pago, dando la oportunidad de relacionar el pago con una o varias facturas.
De igual modo debemos tener presente que la emisión de este complemento deberá ser mediante dos opciones; en cuanto se haya liquidado la operación o bien se tendrá como máximo 10 días naturales después de que se termine el mes en que se realizó el pago correspondiente a dicha operación.
En caso de que se lleguen a pagar más de dos facturas, no es necesario realizar la misma cantidad de complementos, si no que se deberá relacionar las facturas pagadas o abonadas según sea el caso, no importando el monto de la cantidad recibida por nuestros clientes, el complemento tendrá que venir firmado por la persona que reciba el dinero, ya que la principal función de dicho complemento es fungir como una constancia de que se recibió el dinero y el pago fue realizado.
El objetivo principal de este complemento de pagos es llevar el control de un esquema tributario determinado por la autoridad fiscal al momento de que se lleve acabo algún proceso para detectar movimientos de efectivo y así lograr localizar el traslado que tenga que ver con contribuciones directas e indirectas.
¿Que facilidades habrán para la emisión de facturas por pagos en parcialidades y diferidos?